domingo, 4 de noviembre de 2007

¿Cómo se efectúa la detracción y el depósito?

El depósito debe realizarse de acuerdo con alguna de las siguientes modalidades:

Directamente en las agencias del Banco de la Nación: En esta modalidad el sujeto obligado realiza el depósito directamente en las agencias del Banco de la Nación, para lo cual podrá utilizar:
*Formatos preimpresos: En este caso se utilizará un (1) formato por cada depósito a realizar, el mismo que será proporcionado por el Banco de la Nación.

*Medios magnéticos: De acuerdo con el Instructivo de Depósitos Masivos de Detracciones por Internet y en el Banco de la Nación publicado en SUNAT Virtual y siempre que se realicen diez (10) o más depósitos, de acuerdo a lo siguiente:

-Depósitos efectuados a una (1) o más cuentas abiertas en el Banco de la Nación,cuando el sujeto obligado sea el adquirente del bien o usuario del servicio.

-Depósitos efectuados a una (1) cuenta abierta en el Banco de la Nación, cuando el sujeto obligado sea el titular de dicha cuenta.

El monto del depósito se podrá cancelar en efectivo, mediante cheque del Banco de la Nación o cheque certificado o de gerencia de otras empresas del Sistema Financiero. También se podrá cancelar dicho monto mediante transferencia de fondos desde otra cuenta abierta en el Banco de la Nación, distinta a las cuentas del Sistema, de acuerdo a lo que establezca tal entidad.

Los cheques deben ser girados a nombre de: Banco de la Nación/nombre del titular de la cuenta. En el reverso se deberá consignar el número de la cuenta corriente y el texto "D. Leg. N° 940".

A través de SUNAT Virtual: En esta modalidad, el sujeto obligado ordena el cargo del importe en la cuenta afiliada. Para tal efecto, deberá acceder a la opción SUNAT "Operaciones en Línea" y seguir las indicaciones de acuerdo al Instructivo de Deposito de Detracciones por Internet. En este caso el depósito se acreditará mediante una constancia generada por SUNAT "Operaciones en Línea".

El depósito se acreditará mediante una Constancia de Depósito, la misma que se emitirá de acuerdo a lo siguiente:

1.-Cuando se utilicen formatos preimpresos, la constancia de depósito corresponderá a dicho formato debidamente sellado y refrendado por el Banco de la Nación y será entregada al sujeto obligado en la fecha en que se realice el depósito.

2.-Cuando se realicen depósitos en dos (2) o más cuentas utilizando medios magnéticos y el monto de los mismos sea cancelado mediante cheque(s), el sujeto obligado deberá adjuntar una carta dirigida al Banco de la Nación, detallando lo siguiente:

*El número de depósitos a realizar, el monto de cada depósito, el nombre del titular y el número cada cuenta; y,
*El importe, número y banco emisor de cada cheque entregado.

En tales casos, el Banco de la Nación entregará al sujeto obligado una copia sellada de la referida carta, como constancia de recepción del(de los) cheque(s).

La constancia de depósito será entregada al sujeto obligado dentro de los tres (3) días hábiles siguientes de realizado el depósito, en la agencia del Banco de la Nación en la que se presentó el(s) disquete(s).

3.-Cuando el depósito se realice a través de SUNAT Virtual, La constancia de depósito será generada por el propio sistema.

1 comentario:

JO CO SA SO dijo...

hola, estoy buscando informacion sobre cuentas... dime al tener una cuenta corriente en el bn. esta tambien puede ser usada para recibir deposito muy aparte de lo que puede servir para sunat. osea puedo yo darle mi numero de cuenta aun familiar para recibir un dinero de provincia

Chiely

Cuando leo un libro, leo las palabras del autor. Esto significa que creo que el pensamiento del autor. Si creo que esos mismos pensamientos suficiente, voy a obtener las mismas percepciones, creencias y expectativas como las del autor.