domingo, 4 de noviembre de 2007

Depósitos a través de SUNAT Virtual.

1.-Para poder realizar el depósito a través de SUNAT Virtual, el sujeto obligado deberá previamente:
*Contar con el código de usuario y la clave de acceso a
SUNAT Operaciones en Línea; y,
*Haber celebrado un convenio de afiliación para realizar el pago del monto del depósito con cargo en cuenta, con alguno de los bancos habilitados que figuran en SUNAT Virtual, de acuerdo a las condiciones establecidas por cada banco.

2.-En esta modalidad, el sujeto obligado ordena el cargo en cuenta del monto del depósito al banco con el cual ha celebrado el convenio de afiliación. Para tal efecto, deberá acceder a la opción SUNAT "Operaciones en Línea" y seguir las indicaciones de dicho sistema, teniendo en cuenta lo siguiente:

i.-Efectuará depósitos, en la modalidad individual o masiva, detallando la información mínima señalada en el numeral 18.1 del artículo 18° de la Resolución de Superintendencia N° 183-2004/SUNAT. Tratándose de la modalidad masiva, podrá hacerlo de acuerdo con el
Instructivo de Depósitos Masivos de Detracciones por Internet y en el Banco de la Nación publicado en SUNAT Virtual.
ii.-Seleccionará un (1) banco o una (1) tarjeta de débito o crédito, que se encuentre habilitado en SUNAT Virtual.
iii.-Cancelará el íntegro del monto del depósito individual, o el íntegro de la suma de los montos de los depósitos masivos, a través de una única transacción bancaria.

3.-En los casos en que el depósito se realice a través de SUNAT Virtual, la operación será rechazada si se presenta alguna de las siguientes situaciones:

i.-El proveedor del bien, prestador del servicio sujeto del IGV en el caso del retiro de bienes o el propietario de los bienes que realice o encargue el traslado de éstos, no tiene cuenta abierta en el Banco de la Nación en aplicación del Sistema.
ii.-El sujeto obligado no tiene cuenta afiliada al pago del monto del depósito con cargo en cuenta en el banco seleccionado.
iii.-La cuenta afiliada al pago del monto del depósito con cargo en cuenta no posee los fondos suficientes para cancelar el mismo.
iv.-La estructura del archivo que contiene la información, no es la indicada en el instructivo publicado por SUNAT.
v.-No se puede establecer comunicación con el banco u operador de la cuenta afiliada seleccionada por el sujeto obligado.
Cuando se rechace la operación por cualquiera de las situaciones señaladas en el párrafo anterior, no se considerará realizado el depósito.

4.-La constancia de depósito será generada por SUNAT Operaciones en Línea.

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Chiely

Cuando leo un libro, leo las palabras del autor. Esto significa que creo que el pensamiento del autor. Si creo que esos mismos pensamientos suficiente, voy a obtener las mismas percepciones, creencias y expectativas como las del autor.