domingo, 4 de noviembre de 2007

Requisitos para la apertura de las Cuentas Corrientes

El Banco de la Nación requiere para la apertura de las cuentas del Sistema de Detracciones (Decreto Legislativo N° 940) lo siguiente:

Para Personas Naturales:

Presentar en las oficinas del Banco de la Nación una carta del interesado solicitando la apertura de la cuenta conforme al Decreto Legislativo N° 940, adjuntando:
1.-Copia Simple del RUC.
2.-Copia Simple del documento de identidad.
3.-Juego de tarjetas de registro de firmas.
4.-Carta del interesado solicitando chequeras para la cuenta corriente.

El número de la cuenta corriente se entrega el mismo día, y el talonario con los cheques se entrega en el transcurso de los 5 días hábiles siguientes.

Para Personas Jurídicas:

Presentar en las oficinas del Banco de la Nación una Declaración Jurada, según modelo anexo - ANEXO-DECLARACION_JURADA.DOC , para la apertura de la cuenta conforme al Decreto Legislativo N° 940, adjuntando:
1.-Copia Simple del RUC.
2.-Copia Simple del documento de identidad de la(s) persona(s) autorizada(s) para el manejo de la cuenta.
3.-Juego de tarjetas de registro de firmas.
4.-Carta del interesado solicitando chequeras para la cuenta corriente.

El número de la cuenta corriente se entrega el mismo día, y el talonario con los cheques se entrega en el transcurso de los 5 días hábiles siguientes.

En éste rubro están incluidos los consorcios, joint ventures y otras formas de contratos de colaboración empresarial que lleven contabilidad independiente.

Relación de oficinas del Banco de la Nación donde se puede solicitar la apertura de las cuentas corrientes
http://www.sunat.gob.pe/orientacion/sDetracciones/aperturaCtaCte.html

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Chiely

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